|
|
La creación
de un sistema interamericano de derecho de autor que
se fue generando en América Latina desde fines
del siglo XIX y a lo largo del siglo XX, así
como la armonización que significa y ha significado
el Convenio de Berna, y su articulación con la
Convención Universal sobre derecho de autor,
demuestran la necesidad de conformar un sistema internacional
de derecho de autor, cuya efectividad garantice la protección
del autor, de la industria, el estímulo de la
creatividad y la salvaguarda de la diversidad cultural.
El sistema internacional de derecho de autor se ha ido
transformando, así lo demostraron las continúas
revisiones del Convenio de Berna durante el siglo pasado
y la generación de nuevos instrumentos internacionales
que respondieran a las nuevas necesidades y perspectivas
del derecho de autor. De esta manera, los últimos
instrumentos internacionales en esta materia han surgido
para dar respuesta a dos preocupaciones que impone el
desarrollo global tecnológico y cultural. El
primero de ellos es la participación del derecho
de autor y la propiedad intelectual en el marco del
Comercio Internacional, con su inclusión en la
Ronda Uruguay del GATT, para hacer parte de la Organización
Mundial del Comercio, por medio del acuerdo sobre los
Aspectos de Propiedad Intelectual Relacionados con el
Comercio –ADPIC-, que conforma un conjunto de
normas que establecen un mínimo de protección
en el campo del derecho de autor, y lo dotan de las
herramientas que la OMC puede proporcionar en materia
de cumplimiento y observancia de los derechos reconocidos.
El segundo punto de la reciente transformación
del derecho de autor en el ámbito internacional
es la aprobación en el marco de la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual de los tratados
de 1996 sobre derecho de autor TODA, y sobre interpretación
o ejecución y fonogramas TOIEF, conocidos como
los tratados Internet, instrumentos que adecuan y precisan
las normas internacionales de derecho de autor ante
la perspectiva tecnológica de finales de siglo.
Como puede verse, el derecho de autor tiene una gran
importancia en el ámbito del comercio internacional,
ya que cada vez es más importante su aporte para
las economías de los países y su inadecuada
o ineficiente protección puede generar obstáculos
en el comercio, como es el caso de la piratería.
Los países de América Latina deben ver
en el derecho de autor un factor para su desarrollo
social, cultural y económico, como fuente de
riqueza, de empleo, salvaguarda de la diversidad cultural
y motor para fortalecer sus industrias culturales; deben
constituirse como agentes fundamentales en la economía
del conocimiento para actuar en el marco de un mercado
de hispanoparlantes cercano a los 400.000.000 de habitantes.
En la perspectiva actual, vemos cómo el derecho
de autor juega un rol importante en los acuerdos de
libre comercio que vienen negociando Estados Unidos
con diferentes países. Así fue con Canadá
y México, con Chile, con los países centroamericanos,
y con algunos de Asia, entre otros. Todos estos acuerdos
buscan eliminar barreras en el comercio internacional
de bienes y servicios, lo que en el marco del derecho
de autor significa establecer los medios para que los
bienes y productos culturales de otros países
puedan ingresar en igualdad de condiciones a los mercados
nacionales. Esto evidentemente puede tener efectos frente
a la preservación de la identidad y la diversidad
cultural de una nación, pues cuando una industria
cultural local no puede competir en igualdad de condiciones,
al haber una mayor apertura a los bienes culturales
foráneos, la producción de lo propio puede
verse afectada. Una producción intelectual local
protegida, proporciona garantías para sus autores
y productores de bienes y productos culturales, estimulando
lo nacional y generando un mercado interno de bienes
culturales nacionales, que sea capaz de competir con
los bienes culturales extranjeros.
Otro de los aspectos que requiere ser examinado con
la mayor atención, es el que se refiere al ejercicio
de los derechos de autor y el acceso al conocimiento
y a la información. Una política nacional
definida en este punto requiere de claridad tanto en
la temática del derecho de autor, como en la
relación que tiene éste con la cultura,
la educación, la información. Es recomendable
que las políticas nacionales atiendan a las necesidades
y condiciones de acceso real de su población
a los bienes y productos culturales, de manera que se
garantice el acceso al conocimiento como base de su
progreso y el desarrollo de su país, protegiendo
eficaz y adecuadamente los derechos de quienes producen
tal conocimiento. Es decir, creando un equilibrio entre
estos dos derechos: el de los autores y el de los usuarios.
Tales son algunos aspectos que
hemos querido subrayar para conocer algunas de las implicaciones
del derecho de autor en una negociación de libre
comercio, en la que el derecho de autor no puede ser
entendido como un tema mas, sino como una prioridad
nacional tan importante como cualquier otro tema objeto
de negociación, ya que lo que está realmente
en juego es nuestra producción intelectual, nuestras
industrias culturales, la protección de nuestra
identidad y la salvaguarda de la diversidad cultural
de las naciones, pues el derecho de autor garantiza
unas condiciones equilibradas y equitativas de intercambio
de saber, conocimiento, y en general, de cultura, asegurando
una continua producción intelectual.
|
|
|
|