¿Qué es la propiedad intelectual?
La propiedad intelectual parte de la idea de que las creaciones intelectuales del ingenio y el talento, son bienes inmateriales susceptibles de apropiación. Buscando incentivar la creación intelectual, se reconoce una especie de monopolio sobre la explotación de esos intangibles
¿Qué es el derecho de autor?
Es la protección que la ley reconoce sobre las creaciones artísticas y literarias. Forma parte de la disciplina denominada “Propiedad Intelectual”, que comprende la Propiedad Industrial y el Derecho de Autor
¿Qué protege la propiedad industrial?
Patentes de invención
Patentes de modelo de utilidad
Diseños industriales
Topografías de trazado de circuitos integrados
Marcas
Lemas comerciales
Nombres comerciales
Denominaciones de origen
¿Qué protege el derecho de autor?
Obras literarias y artísticas, tales como:
- Obras de artes plásticas (dibujo, pintura, escultura)
- Obras musicales
- Obras teatrales y demás artes escénicas
- Obras fotográficas
- Obras audiovisuales
- Obras arquitectónicas
- Programas de computador
Y en general, cualquier creación intelectual original. Susceptible de reproducirse o divulgarse.
¿En qué consiste el principio de ausencia de formalidades?
La protección del derecho de autor se reconoce desde el momento y por el hecho de la creación misma. El registro de la obra no es requisito para su protección. Tampoco la inclusión del símbolo “©” o la mención de reserva de derechos.
¿Qué es el Registro de Derecho de Autor?
Es un trámite administrativo destinado a declarar la existencia del derecho de autor o el derecho conexos, y dotar de publicidad la titularidad del derecho de autor o del derecho conexo. Por la naturaleza del derecho de autor el registro no es obligatorio sino meramente declarativo.
¿En qué consiste el principio de no protección de las ideas?
Las ideas no son susceptibles de apropiación. Lo que protege el derecho de autor es la forma particular en que el autor las plasma o expresa en la obra. Tampoco existe protección sobre el contenido conceptual de las obras, el cual puede ser retomado por terceros libremente.
¿En qué consiste el principio de no importancia del mérito artístico?
El mayor o menor mérito artístico o la destinación que se va a dar a la obra es irrelevante a efecto de reconocer la protección del derecho de autor. La protección del derecho de autor se reconoce en tanto exista originalidad, sin importar tales consideraciones.
¿En qué consiste el principio de independencia de la propiedad del soporte físico?
El derecho de autor recae sobre la obra como intangible y no se confunde con la propiedad sobre el ejemplar de la obra en el cual ésta se plasma. La entrega del ejemplar de la obra no implica la transferencia de los derechos.
¿Qué es una “obra”?
Es una creación intelectual original de carácter artístico o literario, susceptible de reproducirse o divulgarse. La “originalidad” implica que la obra debe ser expresión de la personalidad creadora de su autor, y en otro contexto, que no sea copiada de otra preexistente.
¿Qué son las compilaciones o antologías?
Son un tipo de obras en las que se reúne un conjunto de obras a través del aporte creativo de una persona física que las agrupa bajo un criterio de selección y disposición. Dicha persona física se tiene por autor de la compilación o antología, sin perjuicio de los derechos sobre las obras así agrupadas o compiladas.
¿Qué son las bases de datos originales?
Con un conjunto de materias o datos que por contar con orginalidad en el criterio de selección y disposición de los mismos constituyen una obra protegida por el derecho de autor. Las bases de datos son protegidas siempre que la selección o disposición de las materias constituyan una creación intelectual. La protección concedida no se hará extensiva a los datos o información compilados, pero no afectará los derechos que pudieran subsistir sobre las obras o materiales que la conforman.
¿Qué son las bases de datos no originales?
Es un simple conjunto de materias o datos en los que no existe un criterio de selección o disposición.
¿Qué es el software?
Es la expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que un ordenador -un aparato electrónico o similar capaz de elaborar informaciones-, ejecute determinada tarea u obtenga determinado resultado. El programa de ordenador comprende también la documentación técnica y los manuales de uso.
¿A quién se considera “autor”?
Es la persona natural o física que realiza la creación intelectual. Se entiende que es una persona que concibe en su mente la creación y que luego la plasma o expresa en una obra. Varias personas pueden ser autoras de una misma obra, en cuyo caso se habla de “coautoría”.
Una persona jurídica no puede ser considerada autora. Ella podría ser la titular de los derechos patrimoniales (derechohabiente).
¿Cuáles son los derechos morales?
Son derechos inalienables imprescriptibles e inembargables. La ley de cada país los especifica, los más frecuentemente consagrados son:
- Paternidad
- Integridad
- Inédito
- Modificación
- Retracto
¿Qué es el derecho de paternidad?
Es un derecho moral en virtud del cual el autor tiene derecho a que se mencione su nombre o seudónimo cada vez que la obra es reproducida o comunicada públicamente.
¿Qué es el derecho de integridad?
Es un derecho moral en virtud del cual el autor tiene derecho a oponerse en todo momento a que su obra sea mutilada, o deformada de tal manera que se afecte su mérito artístico, o el honor o la reputación de dicho autor.
¿Qué es el derecho de “inédito” o de “divulgación”?
Es un derecho moral en virtud del cual el autor tiene derecho a publicar o a mantener inédita su obra, si así lo tiene a bien. Es “inédita” una obra cuando no ha sido dada a conocer al público.
¿Qué es el derecho de “modificación”?
Es un derecho moral en virtud del cual el autor tiene derecho a introducir modificaciones a su obra en cualquier momento. No obstante, si con su decisión de modificar la obra el autor puede ocasionar perjuicios a terceros, éste deberá indemnizarlos previamente.
¿Qué es el derecho de “retracto”?
Es un derecho moral consagrado en algunas legislaciones en virtud del cual el autor tiene derecho a retirar su obra de circulación, así la haya consentido previamente. No obstante, si con su decisión de retirar la obra el autor puede ocasionar perjuicios a terceros, éste deberá indemnizarlos previamente.
¿Qué son los derechos patrimoniales?
Son facultades exclusivas para realizar, autorizar o prohibir a terceros la realización de cualquiera de los actos de explotación de las obras. A diferencia de los derechos morales, los patrimoniales sí pueden ser transferidos a terceros.
¿Qué es el derecho de reproducción?
Es el derecho patrimonial que reconoce la facultad exclusiva de autorizar o prohibir cualquier reproducción de la obra, esto es, la fijación de la obra en un soporte que permita otras reproducciones o la comunicación de la obra.
También el almacenamiento digital en la memoria de un sistema informático se asimila a reproducción.
¿Qué es el derecho de comunicación pública?
Es el derecho patrimonial que reconoce la facultad exclusiva de autorizar o prohibir cualquier comunicación pública de la obra, esto es, cualquier acto a través del cual la obra se da a conocer al público sin mediar la entrega de ejemplares.
La puesta a disposición al público de la obra en redes digitales interactivas, que permita acceder a la obra en el momento y lugar que cada miembro del público determine, se asimila a un acto de comunicación pública.
¿Qué es el derecho de distribución?
Es el derecho patrimonial que reconoce la facultad exclusiva de autorizar o prohibir la entrega de ejemplares de la obra al público, ya sea mediante venta, arrendamiento o alquiler.
¿Qué es el derecho de transformación?
Es el derecho exclusivo de autorizar o prohibir la modificación, adaptación, traducción o arreglo de la obra, sin detrimento del derecho moral de integridad. Cabe mencionar que cuando la transformación involucra originalidad, surge una “obra derivada”.
¿Qué es el droit de suite o derecho de seguimiento?
Es un derecho del autor a recibir una participación (usualmente expresada en un porcentaje) en las sucesivas ventas que se realicen de los originales de sus obras artísticas. En algunos países estas ventas sucesivas deben producirse a través de subasta pública o a través de negociantes profesionales de arte o marchantes. Así mismo en algunos países este derecho aplica igualmente sobre los originales de los manuscritos originales de las obras literarias.
¿Qué son las limitaciones o excepciones al derecho de autor?
Son casos especiales en los que la ley permite que una obra se utilice libre y gratuitamente, sin requerir la autorización del titular de los derechos. Deben consistir en casos específicamente definidos, que no afecten la explotación normal de la obra ni causen perjuicio injustificado al titular.
¿Qué es el derecho de cita?
Es una limitación o excepción en virtud de la cual se pueden transcribir apartes no sustanciales de una obra ajena como ilustración de la obra propia. La legislación de cada país determina las condiciones en las cuales es permitido efectuar esta limitación o excepción. Por ejemplo, se exige que estos apartes no pueden ser tantos o tan seguidos que terminen siendo una virtual reproducción de la obra ajena.
¿Qué es la copia privada?
Es una limitación o excepción consagrada en la legislación de algunos países, en virtud de la cual es permitido obtener por sus propios medios una reproducción de una obra, en tanto dicha reproducción se haga en una sola copia, se destine al uso privado o personal de quien la obtiene y no se derive ningún lucro o beneficio económico.
¿Cómo se transfieren los derechos patrimoniales?
La ley de cada país regula las modalidades de transferencia, tales como:
- Cesión convencional (contrato de transferencia de derechos, obras realizadas bajo relación laboral)
- Disposición de la Ley (obras creadas por servidores públicos)
- Presunción legal (obras cinematográficas, obras colectivas, obras por encargo)
- Causa de muerte
¿Qué es un contrato de cesión o de transmisión del derecho de autor?
Es un acuerdo de voluntades en el que una de ellas, el autor o el titular del derecho de autor, transfiere total o parcialmente la titularidad de su derecho a un tercero. Dicha transferencia puede ser de orden oneroso o gratuito según la libre voluntad de las partes. En algunos países este acto debe constar por escrito y en otros casos incluso debe ser elevado a escritura pública o efectuado un reconocimiento notarial como requisito de existencia jurídica del mismo.
¿Qué es una licencia?
Una licencia o autorización, es la manifestación expresa de la voluntad del autor o el titular del derecho de autor de permitir cierto uso de su obra, bajo las condiciones de tiempo, modo y lugar, que él determine, y con el pago o no de una remuneración. A diferencia de la cesión del derecho en este caso la licencia no transfiere la propiedad, si no simplemente se permite el uso del bien.
¿Qué es el principio de independencia de los derechos?
Por este principio se entiende que la autorización otorgada por el autor o el titular del derecho de autor para un determinado uso de la obra, no se extiende a otros usos no contemplados en la autorización original.
¿Qué es el principio de interpretación restrictiva?
Que en los contratos, la interpretación de los mismos será siempre restrictiva a favor del autor, y que por lo tanto no se entienden otorgados por el autor más derechos que los aquellos concedidos de manera expresa en el contrato respectivo.
¿Qué es un contrato de edición?
Es un acuerdo de voluntades entre el autor (o el titular del derecho de autor) y el editor, en el que el primero de ellos se obliga a entragar una obra literaria o artística, y el segundo se obliga a divulgarla o publicarla. El contrato de edición es oneroso por su naturaleza, lo que implica que el autor recibe una remuneración en contraprestación del aporte de su obra.
¿Qué son los derechos conexos?
Bajo ese término se conocen los derechos reconocidos a:
- Artistas intérpretes o ejecutantes
- Productores de fonogramas
- Organismos de radiodifusión
En algunas legislaciones pueden reconocerse derechos conexos a otros titulares.
¿Quiénes son los artistas intérpretes o ejecutantes?
Los artistas intérpretes o ejecutantes son quienes cantan o interpretan una obra musical, declaman una obra literaria, o representan o interpretan un papel dentro de una obra de artes escénicas o audiovisual.
¿Quiénes son los productores de fonogramas?
Los productores de fonogramas son las personas o empresas que graban por primera vez los sonidos de una interpretación o ejecución, u otros sonidos.
¿Qué son los organismos de radiodifusión?
Los organismos de radiodifusión son las empresas de radio y televisión que transmiten programas al público.
¿Qué es una sociedad de gestión colectiva?
Es la agrupación de autores o titulares del derecho de autor o de los derechos conexos que conforma una entidad distinta de los mismos socios que la conforman, y que es creada con el objeto principal de administrar colectivamente el derecho de autor o el derecho conexos de sus asociados. En la mayoría de los países las sociedades de gestión colectiva requieren de un reconocimiento y autorización especial por parte del Estado a través de su oficina nacional competente.
¿Cómo se protege el derecho de autor y los derechos conexos en el entorno digital?
El Tratado OMPI sobre Derecho de Autor (WCT), y el Tratado OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT) fundamentan esta protección en cuatro pilares:
- Almacenamiento digital como forma de reproducción
- Derecho de puesta a disposición en redes digitales
- Limitaciones y excepciones en entorno digital
- Medidas tecnológicas de protección
La protección de estos derechos en el entorno digital (usos digitales en línea o fuera de línea) implica el desarrollo de los temas antes mencionados.
¿Qué sucede al “subir” obras a Internet?
Esta conducta, conocida como “upload” implica la reproducción de la obra al almacenarla en el servidor de Internet. También implica la puesta a disposición de la obra, si ésta puede ser accedida por el público. Por una y otra razón, se requiere autorización del titular de los derechos.
¿Qué sucede al “bajar” obras de Internet?
Esta conducta, conocida como “download” implica la reproducción de la obra al almacenarla en la memoria temporal o permanente del equipo (cliente) que se conecta a Internet. No obstante, dicha conducta puede ampararse en limitaciones o excepciones al derecho de autor
¿Qué limitaciones o excepciones aplican en el entorno digital?
Los Tratados de la OMPI de 1996, dejan en libertad a cada país para expedir un régimen especial de limitaciones o excepciones aplicables al entorno digital; o aplicar el régimen ya existente en la medida que resulte pertinente. Esta aplicación no debe violar la regla de los 3 pasos
¿Qué son las medidas tecnológicas de protección?
Son dispositivos físicos (hardware) o lógicos (software) que restringen los usos no autorizados de las obras, o protegen la información sobre la gestión de derechos Los Tratados OMPI de 1996 obligan a sancionar la conducta de evadir o eludir estas medidas tecnológicas
¿Qué es la responsabilidad de los proveedores de servicio en Internet “ISP”?
El proveedor del contenido en un sitio de Internet, responsable del contenido del mismo es el responsable por cualquier infracción al derecho de autor. No obstante, se discute en qué términos el proveedor de servicios de Internet (ISP), puede asumir una responsabilidad basada en su culpa por la conducta infractora del derecho de autor que se vale de su servicio.
¿Qué es la piratería?
Se conoce con este término, la conducta de reproducir sin autorización del titular obras, fonogramas o videogramas con destino a su distribución comercial. La retransmisión no autorizada de señales de televisión también se conoce con este término.
Las reproducciones ilegales pueden –o no- tratar de imitar las características del producto legítimo. Estas reproducciones pueden recaer sobre soportes “físicos” o también efectuarse mediante almacenamiento digital.
¿Qué modalidades de piratería existen?
- Fonográfica (CD`s, CDR`s, cassetes, archivos digitales ofrecidos por Internet)
- Editorial (libros o fotocopias)
- Audiovisual (DVD`s, DVDR`s, VCD`s, videocassetes, archivos digitales ofrecidos por Internet)
- De software (CDR`s, computadores que se venden con software instalado)
- De televisión (distribución ilegal de señales)
¿En qué consiste el plagio?
Se conoce con este término la reproducción literal o simulada de una obra, suplantando falsamente el nombre de su verdadero autor.
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